Si, es posible. En caso que el inquilino incumpla con las pautas y acuerdos establecidos el propietario tiene el derecho de finalizar el contrato de alquiler antes de tiempo.

La Ley de arrendamientos urbanos (LAU) establece casos específicos en los que el propietario puede poner fin al contrato, este documento debe ser firmado por ambas partes y los dos tienen la posibilidad de pedir la finalización del arrendamiento si no se llega a un acuerdo y en última instancia acudir a la vía judicial.

La Ley de arrendamientos Urbanos (LAU)

Se trata de una serie de normas legales que regulan el derecho inmobiliario, dirige todo lo vinculado con la vivienda y el alquiler tanto para uso turístico o comercial.

La Ley de arrendamientos Urbanos establece lo siguiente:

“El incumplimiento por cualquiera de las partes de las obligaciones resultantes del contrato dará derecho a la parte que hubiese cumplido las suyas a exigir el cumplimiento de la obligación o promover la resolución del contrato de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 1.124 del Código Civil”

Por lo tanto, cualquiera de las partes que incumpla con lo previamente establecido puede solicitar que se cumpla o en último de los casos que finalice antes de la debida fecha.

Casos en el que propietario puede finalizar el alquiler antes de tiempo

  1. Por no pagar la renta o incumplir con algunos de los pagos acordados que tengan un motivo específico.
  2. Falta de pago del importe de la fianza o su finalización
  3. Si se da el caso que la vivienda no este siento usada primordialmente para suplir la necesidad permanente de residencia del inquilino.
  4. El subarriendo o la cesión inconsentidos.
  5. El propietario tendrá derecho a pedir la finalización del contrato cuando en la propiedad en alquiler se lleven a cabo actividades molestas, nocivas, ilícitas e insalubres.
  6. Y por último que el inquilino lleve a cabo obras no consentidas por el propietario cuando estas hayan tenido que ser aprobadas por él en primera instancia.

Si el propietario solicita la finalización del contrato por la causas señaladas anteriormente debe comunicárselo al inquilino inmediatamente se compruebe alguna de estas faltas y si el inquilino no está dispuesto a abandonar el inmueble se procede a presentar una demanda ante los tribunales e iniciar un proceso judicial.

¿Cuál es la manera de comunicar la rescisión del contrato de alquiler por parte del propietario?

Puede ocurrir que el propietario solicite finalizar el contrato por requerir la vivienda para su uso, si es así, debe notificarlo al inquilino mínimo dos meses de anticipación, la mejor manera de comunicar esta decisión es a través de un Burofax, aunque la Ley no lo establece, es recomendable esta modalidad ya que queda un respaldo.

En el caso que el inquilino necesite más tiempo para desalojar la vivienda se puede llegar a un acuerdo entre las partes. Por otra parte si luego que se haya terminado el contrato de arrendamiento si el propietario no se ha mudado en un plazo de 3 meses el inquilino tiene el derecho de alquilar nuevamente, en un lapso de 30 días y también puede solicitar una compensación económica por las molestias causadas.

El propietario tiene la potestad de ejercer este derecho si ha pasado un año desde que empezó la relación arrendataria y la vivienda debe usarse para el mismo, familiares de primera grado de consanguinidad o adopción y para su conyugue.

Sanciones para el inquilino

Cuando un inquilino incumple con un contrato, en muchos casos se estipula que deban pagar una indemnización, lo establecido en la Ley es una mensualidad de la renta correspondiente a cada año de contrato que falte por cumplirse, de ser así el arrendador se queda con la fianza como parte de pago.

La Fianza: ¿El propietario tiene que devolvérsela al inquilino?

Para devolver una fianza pueden existir dos escenarios:

  1. Cuando el inquilino desista del contrato después de los seis primeros meses: Si es así no se incumpliría ninguna de las cláusulas del contrato ya que se trata de un desistimiento. Al tomar la decisión de irse de la propiedad el inquilino debe cancelar un mes de preaviso y si lo hace el arrendador debe cumplir y devolver la fianza.
  2. Cuando el inquilino quiera desistir del contrato antes de los seis primeros meses: De ser así, ocurre un incumplimiento de contrato y se le solicita al arrendador que le pague al propietario para alcanzar los seis meses de contrato. En este caso el propietario le corresponde quedarse con la fianza como indemnización.

Después de saber todo esto se recomienda revisar detenidamente los contratos de alquiler ya que siempre se incluyen cláusulas y hay que estar al tanto de ellas para protegerse y evitar malos ratos y problemas en el futuro.

Miguel Torres

Abogado Junior y Relaciones con Clientes Estudios y formación: Reciente graduado en Derecho por la Universidad de Navarra. Cursos de especialización en comunicación y relaciones públicas. Experiencia Profesional: A pesar de ser el miembro más nuevo, Miguel ha demostrado habilidades excepcionales en la comunicación con clientes y apoyo en diversas áreas legales.

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