Si, si la deuda ha prescrito se puede cobrar la pensión. Una deuda prescrita es la que ha vencido el plazo para que el acreedor la exija judicial o extrajudicialmente.

Una deuda prescribe a partir de los cuatro años y requiere que se cumplan tres requisitos, que el deudor no haya reconocido voluntariamente la deuda, que el acreedor no haya interpuesto una demanda y que el acreedor no haya notificado al deudor su intención de cobrar la deuda.

No pagar las deudas a la seguridad social puede traer consecuencia negativas como no acceder a tus prestaciones. A continuación veremos con más detalle como prescriben las deudas en España.

¿Qué pasa si prescribe una deuda en España?

El instituto Nacional de la seguridad Social determina que “No es exigible el pago de las cuotas prescritas para causar derecho a la pensión de jubilación en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) si se encuentran cumpliendo con los restantes requisitos”.

Cuando una deuda prescribe significa que el acreedor no tiene la obligación de pagarla, y el acreedor no puede exigirte que lo hagas, sin embargo, no quiere decir que la deuda desaparezca y no libera al deudor de su obligación Moral.

Por lo tanto, una deuda prescrita no se considera exigible y no puede influenciar de manera negativa en la resolución de la solicitud de la pensión de jubilación.

¿En cuánto tiempo prescribe una deuda con la seguridad social?

La Ley General de Seguridad Social establece que una deuda prescribe a los cuatro años, desde la fecha de su cobro o desde la última vez que la administración nos reclamó el importe. Sin embargo, esta puede interrumpirse y modificar los tiempos acordados.

Esta Ley establece los siguientes derechos y acciones:

  1. Derecho a determinar las deudas cuyo objeto este constituido por cuotas y por concepto de recaudación conjunta
  2. La acción de exigir el pago de las deudas de la Seguridad Social y conceptos de recaudación conjunta.
  3. La acción de imponer sanciones por incumplir las normas de la Seguridad Social
  4. La obligación de reintegrar las prestaciones percibidas de forma indebida.

Requisitos para que prescriba una deuda

  1. Que el deudor no haya aceptado la deuda de manera voluntaria: Quiere decir que si el deudor reconoce la deuda voluntariamente o parte de ella, prescribe desde ese momento.
  2. Que el acreedor no haya interpuesto una demanda: En este caso la deuda prescribe a partir de que lo haga.
  3. Que el acreedor no haya notificado al deudor su intención de cobrar la deuda. Si lo hace la deuda prescribe a partir de ese instante.

Consecuencias de no pagar una deuda a la Seguridad Social

Si no pagas tus deudas a la Seguridad Social se llevará a cabo un proceso de embargo, dónde se toman los bienes del deudor y de esta manera se cobrará la deuda. Este embargo no se hace por la totalidad de la pensión, sino que se establecen límites y cantidades que deben respetarse según la cantidad que se cobre.

La Ley de Seguridad Social establece que se puede embargar una pensión siempre y cuando supere el Salario Mínimo Interprofesional (SMI) y el porcentaje de embargo es el siguiente:

  • Embargo del 30% de la pensión que supere el SMI hasta su doble. 
  • Embargo del 50% de la pensión que supere el doble del SMI hasta el triple. 
  • Embargo del 60% de la pensión que supere el triple del SMI hasta el cuádruple. 
  • Embargo del 75% de la pensión que supere el cuádruple del SMI hasta el quíntuple. 
  • Embargo del 90% de la pensión que supere el quíntuple del SMI.

Por otra parte si no se cumple con la deuda se la seguridad social se hará más difícil obtener el dinero de las prestaciones, y no tendrás derecho a la pensión si te jubilas o si te quedas en paro.

¿Qué hacer si no puedo pagar las deudas con la Seguridad Social?

La Seguridad Social ofrece la Ley de la Segunda oportunidad, para personas que estén insolventes y no puedan cancelar sus deudas. Si cumples con todos los requisitos establecidos en esta Ley  podrás salir de tus deudas de una excelente manera.

Desde el año 2022 la Ley de la segunda oportunidad establece que se puede cancelar un máximo de 10.000 Euros con la Seguridad Social y 10.000 Euros con hacienda, si la deuda total sobrepasa este monto se establece un plan de pagos que va de 3 a 5 años para cancelarla.

Esta es una excelente oportunidad para superar tus deudas o por lo menos parte de ella y aplica si eres particular o autónomo.

Las deudas con la Seguridad Social son de las más complicadas, sin embargo, es posible salir de ella con las opciones que aquí te hemos dado. SUERTE.

Miguel Torres

Abogado Junior y Relaciones con Clientes Estudios y formación: Reciente graduado en Derecho por la Universidad de Navarra. Cursos de especialización en comunicación y relaciones públicas. Experiencia Profesional: A pesar de ser el miembro más nuevo, Miguel ha demostrado habilidades excepcionales en la comunicación con clientes y apoyo en diversas áreas legales.

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